Verificación del Impuesto a la Salida de Divisas: Implicaciones y Acciones del SRI

El Servicio de Rentas Internas (SRI) de Ecuador está llevando a cabo una revisión meticulosa del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) en los años fiscales 2020 y 2021. El objetivo es identificar a aquellos contribuyentes que no han cumplido completamente con sus obligaciones fiscales.

Detalles del Escrutinio Fiscal

A mediados de junio de 2023, el SRI comunicó por correo electrónico a 85,545 contribuyentes que se habían identificado discrepancias en sus pagos del ISD. Estas discrepancias implican que estos contribuyentes han pagado menos de lo que debían.

La autoridad tributaria estima que existe una brecha de $12.3 millones en el cobro del ISD durante los dos años fiscales en cuestión. De media, cada contribuyente adeuda alrededor de $136.58 para 2020 y $149.41 para 2021.

¿Por Qué Existen Estas Diferencias?

El Director del SRI, Francisco Briones, explicó que las discrepancias en el ISD generalmente ocurren cuando los contribuyentes han utilizado múltiples tarjetas de crédito o débito para realizar compras en el extranjero. Según la normativa vigente, cada persona física o empresa puede gastar hasta $5000 al año en el extranjero sin incurrir en el ISD. Si este límite se supera, el banco emisor de la tarjeta debe retener el impuesto correspondiente.

El Problema de las Múltiples Tarjetas

Cuando se utilizan varias tarjetas para las compras, los bancos pueden no ser conscientes de que se ha superado el límite exento con otra entidad financiera, y por lo tanto, pueden no retener los impuestos necesarios. Esto se debe a que los bancos no comparten esta información entre sí.

«Solo el SRI puede cruzar y consolidar la información para identificar estas discrepancias», aclaró Briones. La visión del SRI es optimizar el uso de los datos para mejorar los controles y la recaudación de impuestos.

Obligaciones del Titular de la Tarjeta

Es vital recordar que si un individuo entrega tarjetas adicionales a otras personas, los gastos realizados con esas tarjetas siempre se atribuirán al titular principal de la tarjeta. Si se supera el límite exento anual y no se han retenido los impuestos correspondientes, el titular principal de la tarjeta deberá declarar y pagar el impuesto, tal como lo estipula el SRI.

Aquellos contribuyentes que presenten inconsistencias en el pago de este impuesto deben presentar su declaración en línea utilizando el Formulario 106, con el código 4580.

Conocimientos Clave Sobre el ISD

El ISD es aplicable a cualquier transferencia, envío o desplazamiento de divisas al extranjero. Esto incluye, por ejemplo, a ecuatorianos que viajan al extranjero y realizan compras con tarjetas de crédito o débito, así como a las personas que envían dinero a familiares o amigos en el extranjero a través de servicios de remesas o transferencias bancarias. El ISD también se aplica a las exportaciones de bienes o servicios generados en Ecuador.

Actualmente, el ISD se encuentra en un proceso de reducción progresiva, con una tasa actual del 3,75% que disminuirá a 3,5% a partir del 1 de julio de 2023, y a 2% a partir de enero de 2024. Existe una exención anual de $5,109.79 para los años fiscales 2022 a 2024, la cual se ajusta cada tres años en base al Índice de Precios al Consumidor.

En resumen, la reciente revisión del ISD por parte del SRI subraya la necesidad de que los contribuyentes estén completamente informados sobre sus obligaciones fiscales, especialmente en relación con los gastos en el extranjero y el uso de tarjetas de crédito y débito.

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